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Reconocimiento de Paternidad de NNA

Por Sabela Asiain Hernández
Jueza en materia familiar

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(El siguiente, es un artículo de opinión ciudadana. Las afirmaciones vertidas son responsabilidad de quien las emite y no expresan necesariamente la postura del IMER)

Me gusta la gente que cuida de las niñas y los niños.

Cinco puntos que te ayudaran ante un juicio de reconocimiento de Paternidad

Uno de mis escritores favoritos es Mario Benedetti. Sabiendo que este nostálgico escritor vivió y escribió en Montevideo, hace algunos años fui a esa bella ciudad con mi querida prima Vero, hoy lo menciono porque de ese viaje, entre muchos buenos momentos, atesoro uno de reflexión en la librería Puro Verso, estaba tomando café y leyendo La gente que me gusta de Benedetti, cuando no pude dejar de notar que el autor en diversas ocasiones refiere a la justicia, por mi oficio me quedé pensando y por asociación recordé otro famoso poema del mismo autor que señala: te quiero porque tus manos trabajan por la justicia, que honor debe ser que te dediquen esas líneas y que privilegio es tener a quien dedicárselas.

Han pasado más de nueve años de aquel día, hoy me desempeño como juzgadora en materia familiar, me sigue gustando toda esa gente que describe Benedetti, pero con más fuerza la que posee sentido de la justicia, a esas personas las llamo amigas.

Entre esas personas amigas está un juzgador que me platicó de la confirmación de una resolución que dictó. Él se dedica a la materia penal y me compartió su visión del delito de incumplimiento de las obligaciones alimentarias; al respecto, él concluyó que en un momento temprano del procedimiento penal no encontraba necesario que se acreditara plenamente el vínculo paterno filial para analizar la exigencia de las obligaciones alimentarias, es decir, no vio necesario para dictar una vinculación a proceso, que la víctima (niña) tuviera una partida de nacimiento con el nombre del padre inserto, ni que estuviera desahogada la prueba pericial en materia de genética, ya que tenía diversas pruebas que le permitió razonablemente presumir que el vínculo existe y que a la luz de interés superior de la infancia la obligación debe cumplirse, la Sala que revisó la determinación del Juez indicó que: la exigencia probatoria para el momento procesal estaba cumplida y confirmó. Me dio mucho gusto escuchar de la resolución, ya que estoy convencida de que somos más quienes estamos uniendo esfuerzos para cuidar y respetar a niñas, niños y adolescentes.

En la defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA), la protección reforzada y acuciosa que debemos de realizar las autoridades no se debe de entender como una grácil facultad, sino como una obligación ineludible.

Bajo este contexto, quiero compartir cinco puntos que pueden ser tomados en consideración por una persona que va a acudir ante la justicia familiar a solicitar el reconocimiento de paternidad de una niña, niño o adolescente.

1. Las niñas, niños y adolescentes tiene el derecho de opinar en todos los juicios en los que se estén estudiando y protegiendo sus derechos, es probable que tu hijo o hija sea llamado por el Juez o Jueza para conocer su opinión sobre distintas situaciones como el nombre que quiere llevar o conservar. No te preocupes, esto es parte de la autonomía progresiva de NNA.

2. Además del reconociendo de paternidad de un NNA puedes solicitar en el juicio: el decreto de guarda y custodia de tu hijo o hija, la fijación de una pensión alimenticia, el pago de los alimentos retroactivos desde el nacimiento de la niña o niño y hasta que se fije una pensión alimenticia e incluso un régimen de convivencias entre el padre y su hija o hijo, así como acompañamiento psicológico para ti, el padre biológico y por supuesto tu hijo o hija.

3. Puedes solicitar el pago de una pensión alimenticia provisional como medida provisional dentro del escrito inicial de demanda, pero para su fijación trata de anexar todo tipo de pruebas, ya sea fotografías, videos, documentos, cualquier indicio que a la luz del interés superior de la infancia nos permita presumir que es más posible la existencia del vínculo que la inexistencia.

Si no tienes pruebas y tu hijo o hija necesita la fijación de una pensión alimenticia provisional, puedes ofrecer prueba anticipada, esto es, que se desahogue alguna prueba antes de la audiencia de juicio. De tal manera que la autoridad puede tener datos de prueba antes y con ello fijar alimentos provisionales.

Aconsejo la confección y desahogo de la prueba pericial en materia de genética, pero si esto resultara por alguna situación más complejo de lo esperado, también puede pedirse como anticipo de prueba la Declaración de Parte o Declaraciones Testimoniales, sólo debes cuidar que la información proporcionada sea de calidad.

4. Si conoces la fuente laboral del padre biológico, apórtala desde el inicio, de no ser así pide informes bancarios y a diversos entes públicos, como al Servicio de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social, etc. Sin embargo, no te preocupes si no sabes la fuente laboral, esto no nulifica la posibilidad de una pensión alimenticia provisional o definitiva.

5. Si tienes miedo de la reacción que pueda tener el padre biológico ante el juicio, puedes solicitarle al Juez o Jueza la fijación de una orden de protección para ti y tu hijo o hija, así como en calidad de medida provisional atención psicológica para ti y para tu hijo o hija.

Espero que estos puntos puedan ser de utilidad para que muchos niños y niñas puedan mejorar su calidad de vida y que muchos padres tengan la oportunidad de ejercer su paternidad de una manera armoniosa y responsable. 

Quedo a la orden para cualquier comentario en mis cuenta de Instagram @asiansabela y de X @SabelaAsiain.