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Inteligencia artificial y proceso judicial

Por Luis Octavio Vado Grajales
Profesor universitario, especialista en temas constitucionales y electorales

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(El siguiente, es un artículo de opinión ciudadana. Las afirmaciones vertidas son responsabilidad de quien las emite y no expresan necesariamente la postura del IMER)

La Inteligencia Artificial (IA) no es nueva, y su aplicación en procesos judiciales es ya una realidad en varias partes del mundo. Por lo mismo, vale la pena reflexionar acerca de ella y conocer sus ventajas, así como sus límites, en el uso dentro de los juicios en México. Este texto busca brindar algunas ideas básicas así como plantear ciertos temas que pueden ser objeto de una reflexión más profunda.

La IA tiene la posibilidad de realizar algunas labores propias de la inteligencia humana, como la identificación de patrones, el manejo de información, la comparación de datos, e incluso el razonamiento y la solución de problemas. Tiene la capacidad de trabajar con bases de datos inmensas y de procesarlas a una velocidad admirable.

Ahora bien, para hacer esto, depende en primer lugar de lo que se espere de ella, así como de la información a la que tiene acceso. Con esto, puede incluso aprender.

La tenemos presente ya en nuestra vida diaria, en diversas aplicaciones tanto en chats como en páginas, puede generar no sólo texto sino también imágenes. Es creativa y, por tanto, asombrosa.

En el proceso judicial, en países como Argentina, Reino Unido, Estados Unidos, Colombia, México, se utiliza para algunas de las siguientes tareas:

1. Identificación de precedentes relevantes, a partir no sólo de jurisprudencia, sino también del análisis de sentencias tanto nacionales como extranjeras

2. Selección de documentos relevantes para un juicio, con la capacidad de poder identificar aquellos que no sean importantes o que se trate de pruebas no admisibles

3. Gestión de tribunales, desde una perspectiva administrativa

4. Predicción de posibles resultados de un juicio, al conocer la forma en la que generalmente fallan los tribunales

5. Generación de versiones de sentencias en lenguaje ciudadano, o para la elaboración de notas periodísticas, al “traducir” del lenguaje jurídico al común las resoluciones judiciales

Como es claro, se trata de una herramienta muy poderosa para la materialización de los derechos en un juicio; en particular resulta útil para la atención rápida de los asuntos y, por tanto, el cumplimiento de una justicia pronta así como expedita. Sin duda su uso se potenciará más cada vez.

Sin embargo, como ha advertido la UNESCO, el uso ético de la IA en procesos judiciales debe poner el acento en el respeto a los derechos humanos, que pueden verse afectados por la propia herramienta. Esto, en primer lugar, por que es dada a las llamadas “alucinaciones”; esto es, puede arrojar resultados falsos o totalmente equivocados, que lleven a conclusiones erróneas.

En segundo lugar, por las propias bases de datos con las que se entrena y de las que se puede servir la IA. Estas bases de datos pueden tener sesgos contrarios a los derechos humanos, que impliquen, por ejemplo, discriminación, uso de estereotipos, sub representación de grupos sociales, entre otros.

Además, el uso de estas herramientas cuando se trata de versiones comerciales, puede implicar que otras personas, IA´s o corporaciones, tengan acceso a información relevante de las personas, y las puedan usar para fines comerciales o de otro tipo.

Esto obliga a que los operadores jurídicos, tanto tribunales como otro tipo de autoridades e incluso despachos, sean conscientes de lo siguiente:

a) La naturaleza de la herramienta, si es de acceso abierto y gratuito, o si se trata de una IA diseñada especialmente para su aprovechamiento en entornos procesales
b) La reserva respecto de los datos de identificación de las personas, así como sus datos personales
c) El uso que se pueda dar, sobre todo por terceros, a la información que se use para trabajar con una IA
d) El grado de seguridad con que se cuenta

La falta de una regulación expresa, en nuestro país, no justifica el uso descuidado de este tipo de herramientas. Incluso cabria pensar que los propios poderes judiciales así como tribunales, definan lineamientos específicos para el uso de las mismas en el trabajo judicial.

No se trata de prohibir su aprovechamiento, lo que sería seguramente poco efectivo, sino de promover su uso informado y responsable.